I. ¿Qué es el Código de Conducta y Ético?
El Código constituye la norma institucional que orienta la actuación ética, íntegra y responsable de la organización. En él se establecen los principios, valores y pautas de comportamiento que deben guiar la toma de decisiones y el ejercicio diario de las funciones de todas las personas que forman parte del Grupo o lo representan.
Este Código es la base sobre la cual se construye y fortalece la confianza de los pacientes, los profesionales, los proveedores, los colaboradores y la sociedad en general. Actúa como un marco de referencia y una guía ética para afrontar situaciones complejas, prevenir conductas indebidas y asegurar una actuación coherente con los valores corporativos, incluso en contextos de incertidumbre o ambigüedad.
II. ¿A quién aplica?
El Código de Conducta es de aplicación obligatoria para todos dentro del Grupo Quirónsalud, entendidos como:
- Directivos y directivas.
- Empleados y empleadas.
- Colaboradores y personal externo, incluyendo a quienes presten sus servicios a través de contratos de prestación de servicios, empresas de trabajo temporal u otras modalidades de vinculación.
- Proveedores de bienes y servicios, contratistas y subcontratistas.
La adhesión y el compromiso con el cumplimiento del Código constituyen un requisito indispensable para todas las personas y entidades que mantengan una relación con el Grupo Quirónsalud. Los profesionales externos (contratistas, proveedores, adscritos, independientes, entre otros) deben aceptar expresamente sus disposiciones como condición para establecer o mantener cualquier vínculo contractual.
III. Nuestros principios corporativos
La actuación del Grupo Quirónsalud se rige por los siguientes principios corporativos, los cuales inspiran una conducta ética homogénea en todas las organizaciones que lo integran:
- Atendemos a los pacientes superando las expectativas: Aplicamos las normas éticas más estrictas del sector sanitario, garantizando un trato respetuoso, empático y transparente. La seguridad del paciente, la calidad asistencial y la dignidad humana son prioridades no negociables.
- Buscamos la excelencia: Rechazamos de manera absoluta cualquier forma de corrupción, soborno o blanqueo de capitales. Las decisiones empresariales y comerciales se adoptan con objetividad, integridad y responsabilidad, basadas en criterios técnicos, éticos y legales.
- Llevamos la innovación sanitaria a las personas: Promovemos el uso responsable de la tecnología y de la inteligencia artificial, asegurando la confidencialidad de la información, la protección de los datos personales y el respeto por los derechos de todas las personas.
- Vivimos el poder de ser un equipo: Fomentamos un entorno laboral seguro, justo e inclusivo, libre de discriminación, en el que se respetan los derechos humanos y se garantiza la igualdad de trato y de oportunidades.
IV. Comportamientos esperados
El Código de Conducta define expectativas claras de comportamiento que deben orientar la actuación de todas las personas vinculadas al Grupo Quirónsalud:
Frente a la corrupción y el soborno:
No se ofrece, concede ni acepta ningún beneficio ilegal o indebido, ya sea económico o de cualquier otra naturaleza, para beneficio propio, de la organización o de terceros. Los sobornos destinados a acelerar o facilitar transacciones también están expresamente prohibidos.
Frente a regalos e invitaciones:
Los regalos e invitaciones en el ámbito profesional solo podrán aceptarse de manera excepcional cuando sean moderados, legítimos, transparentes y no generen conflictos de interés. En todos los casos, deberán ajustarse a los lineamientos establecidos en la Política Corporativa de Regalos, Atenciones y Hospitalidades.
Frente a los conflictos de interés:
Se deben evitar situaciones en las que los intereses personales, familiares o económicos puedan interferir, o aparentar interferir, con las decisiones profesionales o comerciales. Cuando exista o pueda existir un conflicto de interés, este deberá ser comunicado de manera inmediata y transparente al Comité de Riesgos y Cumplimiento Corporativo.
Frente a la protección de datos personales:
Se debe respetar y proteger la privacidad de pacientes, empleados, proveedores y socios comerciales. Los datos personales solo podrán ser utilizados para los fines legítimos declarados y deberán protegerse mediante medidas técnicas y organizativas que eviten accesos no autorizados o usos indebidos.
Frente a la información confidencial:
No se divulgará información confidencial de la empresa, de los pacientes ni de las personas con las que se mantenga relación profesional, salvo en los casos expresamente autorizados o exigidos por la ley. Esta obligación subsiste incluso después de finalizada la relación laboral o contractual.
V. Canal de denuncias: alce la voz
El Canal de Denuncias del Grupo Quirónsalud es un mecanismo seguro y confidencial por medio del cual cualquier persona puede poner en conocimiento hechos que supongan un incumplimiento a las normas internas o externas del Grupo Quirónsalud y sus sociedades controladas, particularmente las contenidas en nuestro Código de Conducta y Ética.
Las situaciones que se pueden reportar a través del canal de denuncias son las relacionadas con:
- Acoso sexual.
- Conflictos de interés.
- Discriminación.
- Corrupción.
- Lavado de activos y sus delitos fuente.
- Financiación del terrorismo.
- Financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
- Incumplimiento de políticas y procedimientos internos.
- Violaciones a los Derechos humanos y medio ambiente.
- Infracciones del código penal colombiano.
- Infracciones al del código de conducta y ético.
Es importante que tenga en cuenta que las denuncias por Acoso Laboral serán gestionadas por el Comité de Convivencia Laboral de cada una de las Sociedades que hacen parte del Grupo Empresarial conforme con el ordenamiento jurídico colombiano. Por tanto, estas denuncias serán derivadas en el mencionado Comité. De esto se informará a la persona denunciante.
El Gestor del Canal o el Órgano instructor podrá hacer seguimiento a la resolución del caso al Comité de Convivencia Laboral sin vulnerar la confidencialidad y reserva que está obligada a conservar el Comité, según el ordenamiento jurídico colombiano.
Derechos del denunciante:
El denunciante tiene los siguientes derechos:
- Anonimato y no rastreabilidad.
- Independencia, imparcialidad y ausencia de conflictos de interés.
- Exhaustividad en la investigación.
- Información sobre el estado de su denuncia mediante un código y clave de acceso generados automáticamente al presentar la denuncia en la plataforma del canal de denuncias.
- Prohibición de represalias.
Canal de Denuncias
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